
"Después del crimen viene el castigo, y la única manera de recuperar la paz de espíritu es el arrepentimiento" — Dostoievski,
Introducción al Derecho Penal
Definición de Derecho Penal.

Fuentes del Derecho Penal.
Son los medios a través de los cuales se crean y establecen las normas penales.

La legislación es la principal fuente del derecho penal. Las leyes penales son creadas por el poder legislativo y establecen las normas y sanciones para los delitos.
La legislación en México incluye la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como la ley máxima, la cual establece el marco jurídico del país y define los derechos fundamentales de las personas.

La jurisprudencia es la interpretación que hacen los tribunales de las leyes penales. La jurisprudencia puede ser vinculante o no vinculante, dependiendo del tribunal que la emita.
En México, la jurisprudencia es el conjunto de resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y los Tribunales Colegiados que interpretan la ley de manera uniforme y obligatoria para otros tribunales.

La costumbre es una práctica reiterada y aceptada por la sociedad que puede ser considerada como una fuente del derecho penal. Sin embargo, la costumbre debe cumplir con ciertos requisitos para ser considerada como una fuente válida.
Elemento material: Se trata de un comportamiento que se repite de forma constante y uniforme en la comunidad.
Elemento espiritual: Los miembros de la comunidad deben creer que esta práctica es jurídicamente obligatoria, no solo una regla social o un hábito.
Para ser considerada fuente del derecho penal, una costumbre requiere el reconocimiento de los órganos del Estado, que le otorgan fuerza jurídica y la capacidad de ser aplicada por un juez.

Doctrina
Es la opinión de los expertos en derecho penal que puede influir en la interpretación y aplicación de las leyes penales.
Ejemplo: La teoría del delito establece los elementos necesarios para que una conducta sea considerada un delito y, por ende, sancionada, así como el tratamiento de la tentativa de delito y los casos de desistimiento voluntario.
Tratados Internacionales
Son acuerdos entre estados que pueden establecer normas penales para los delitos que afectan a la comunidad internacional.
Principios fundamentales del derecho penal.
El Derecho Penal se rige por algunos principios considerados generales que se conocen como "principios fundamentales" de esta doctrina, aquellos que asientan bases para que los encargados de impartir justicia, los jueces, tomen sus decisiones.

- Principio de legalidad
Sostiene que ningún comportamiento puede ser considerado un delito, si previamente no ha sido así estipulado por alguna ley. Es decir, no se puede imponer una pena si anteriormente no existiese un artículo que reconociera esa conducta como violación a la ley.
- Presunción de inocencia
El principio de presunción de inocencia sostiene, en el artículo 24.4 de la Constitución, que serán declarados nulos los procesos penales que están desarrollados a partir de la presunción de culpabilidad.
- Principio de igualdad
El artículo 14 de la Constitución prohíbe terminantemente las diferencias entre individuos delante de los tribunales, como así también los tratos injustificados para con ellos, discriminándolos.
- Principio de Irretroactividad.
Sostiene que todo ciudadano debe estar seguro de las consecuencias que acarrean sus actos en cada momento, disfrutando así de una plena confianza en las leyes.
Non bis in ídem
Esta frase que en latín significa "no dos veces por lo mismo", refiere al principio que sostiene que el Estado no puede hacer comparecer a un individuo frente al juez dos veces por el mismo delito.
Nadie puede ser castigado en dos ocasiones por el mismo delito.
Principio de proporcionalidad
Sostiene que se requiere de un juicio de ponderación que evalúe la carga coactiva de la pena, y el fin que se persigue al penar. Dicho de otro modo, deben cumplirse las condiciones de adecuación con el fin, necesidad y también proporcionalidad para que se le confiera una pena al reo, factores sin los cuales no se aplicará.