"Las leyes, para ser justas, no deben castigar el delito, sino prevenirlo" — César Beccaria.

Delito

Definición.

Se define como toda conducta, acción u omisión, que está tipificada y sancionada por la ley penal. También cabe señalar, que los delitos pueden variar en su gravedad, pudiendo ser graves o no graves, pero al fin delitos, como por ejemplo, el robo, el fraude y las lesiones.  

Elementos del delito:

  • Acción.
  • Tipicidad
  • Antijuridicidad
  • Culpabilidad

    Acción.

Se refiere a la acción u omisión que realiza el individuo y que puede ser constitutiva de un delito. La conducta puede ser activa (hacer algo) o pasiva (no hacer algo que se debería haber hecho).
Ejemplo: Un individuo golpea a otra persona en la cara. En este caso, la conducta es la acción de golpear.

    Tipicidad

Se refiere a que la conducta debe encajar en la descripción de un delito prevista en la ley penal. Es decir, la conducta debe ser típica de un delito específico.

Ejemplo Un individuo se apodera de un objeto ajeno sin autorización. En este caso, la conducta es típica del delito de hurto.

    Antijuridicidad

Se refiere a que la conducta debe ser contraria a la ley y no estar justificada por ninguna causa de justificación. Es decir, la conducta no debe estar permitida por la ley.

Ejemplo: Un individuo dispara a otra persona sin justificación alguna. En este caso, la conducta es antijurídica porque no está permitida por la ley.

    Culpabilidad

Se refiere a la responsabilidad penal del individuo por la conducta cometida. El individuo debe ser capaz de comprender la naturaleza y consecuencias de sus actos y de actuar de acuerdo con esa comprensión.

Ejemplo: Un individuo conduce un vehículo bajo los efectos del alcohol y causa un accidente. En este caso, el individuo es culpable porque actuó con negligencia y no tomó las medidas necesarias para evitar el accidente.

Clasificación de los delito.

  • Por gravedad
  • Por acción u omisión.
  • Doloso o Culposo.

-Por gravedad.

Delitos graves:

  • Asesinato
  • Violación
  • Robo con violencia o a mano armada
  • Secuestro
  • Tráfico de drogas
  • Fraude
  • Incendio provocado 

Delitos menos graves:

  • Vandalismo
  • Robo 

Delitos leves:

  • Amenazas
  • Hurtos simples
  • Conducción bajo efectos del alcohol 

-Por Acción u Omisión.

Por Acción

 Es aquel que se configura por la realización de una conducta activa, un acto o movimiento corporal que viola una ley prohibitiva, y es el primer elemento constitutivo de un delito, según la teoría clásica del derecho penal. 

Ejempló:El homicidio, que consiste en la acción de "matar" a otra persona;


Por omisión.

 La omisión está determinada por la pasividad de una persona que en determinado momento debió actuar pero no lo hizo, y puede dividirse en los dos tipos siguientes:

  • Omisión propia. Es el tipo de omisión que hace referencia al no cumplimiento de una conducta que exige la ley.
  • Omisión impropia. También conocida como omisión por acción, es la que sucede cuando el trabajador de un área profesional específica no cumple con sus funciones, teniendo un impacto negativo que podría considerarse delito.
  • Ejemplo: Si un abogado tiene conocimiento de un conflicto de interés en un caso en el que está involucrado y no lo divulga a su cliente.

Doloso

Se considera que un delito resulta doloso cuando el autor ha obrado con plena conciencia, aceptando que el acto realizado es contrario a la ley.

Ejemplo: Un ladrón que planea y ejecuta un robo, o una persona que dispara a otra con la intención de matarla.

Culposo

Se considera que un delito resulta culposo cuando el autor cometió el hecho por negligencia, imprudencia o impericia. .

Ejemplo: Un conductor que causa un accidente de tránsito por exceso de velocidad, o un médico que comete un error que perjudica a un paciente por falta de atención.

Nombre: Diana Marlen Villa González
Correo: villadiana319@gmail.com
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